1) Condiciones en las disposiciones generales de los establecimientos
● Sin importar la naturaleza de la empresa, sus fines, el medio donde se ejecuten, sus dispositivos o maquinaria, en todo establecimiento dentro del territorio de la República se deben ajustar las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo según las normas de la Ley N° 19.587
● Establecimiento, explotación, centro de trabajo o puesto de trabajo se lo considera a todo lugar donde se realicen tareas de cualquier naturaleza, donde se encuentren personas y depósitos que permanezcan o asistan por razones de trabajo.
● El encargado del establecimiento donde se realiza el trabajo siempre es parcialmente responsable de cualquier siniestro. El tercero que trabaje en el establecimiento está también sujeto a estas leyes.
● Preservar la vida, la seguridad, la higiene y promover la actitud de prevención de los accidentes de trabajo. Eliminar todo tipo de riesgo
2) Describir las carácterísticas constructivas en los establecimientos
Todo establecimiento tendrá un adecuado funcionalismo en la distribución y carácterísticas de sus locales de trabajo y dependencias complementarias, previendo condiciones de higiene y seguridad en sus construcciones e instalaciones, en las formas, en los lugares de trabajo y en el ingreso, tránsito y egreso del personal, tanto para los momentos de desarrollo normal de tareas como para las situaciones de emergencia. Con igual criterio deberán ser proyectadas las distribuciones, construcciones y montaje de los equipos industriales y las instalaciones de servicio. Los equipos, depósitos y procesos riesgosos deberán quedar aislados o adecuadamente protegidos. En aquellos municipios donde no existieran códigos en la materia o éstos no fueran suficientes, se adoptará como base el de la Municipalidad de la CABA.
3) Condiciones de la provisión de agua potable
Se eliminará toda posible fuente de contaminación y polución de las aguas que se utilicen y se mantendrán los niveles de calidad de acuerdo a lo establecido en el artículo 58. Deberá poseer análisis de las aguas que utiliza, sea obtenida dentro de su planta o traídas de otros lugares, los que serán
realizados por dependencias oficiales. En los casos en que no se cuente con los laboratorios oficiales, podrán efectuarse en laboratorios privados.
4) Describir los desagües industriales
● Los efluentes industriales deberán ser recogidos y canalizados impidiendo su libre escurrimiento por los pisos y conducidos a un lugar de captación y alejamiento para su posterior evacuación. Los desagües serán canalizados por conductos cerrados cuando exista riesgo de contaminación.
● Deberá evitarse poner en contacto líquidos que puedan reaccionar produciendo vapores, gases tóxicos o desprendimiento de calor, los que deberán canalizarse por separado.
● Los conductos o canalizaciones deberán ser sólidamente construidos y de materiales acordes con la naturaleza físico química de los líquidos conducidos.
● Los conductos no deberán originar desniveles en el piso de los lugares de trabajo, que obstaculicen el tránsito u originen riesgos de caída.
● Los efluentes deberán ser evacuados a plantas de tratamiento según la legislación vigente en la zona de ubicación del establecimiento, de manera que no se conviertan en un riesgo para la salud de los trabajadores y en un factor de contaminación ambiental.
● Donde existan plantas de tratamiento de efluentes, éstas deberán limpiarse periódicamente, debiendo tomarse las precauciones necesarias de protección personal con los trabajadores que la efectúen. Las zonas de las plantas de tratamiento que sean motivo de acceso humano periódico, deberán ofrecer buenas condiciones de acceso, iluminación y ventilación.
5) Las carácterísticas de la carga térmica
Carga térmica: Es la suma de carga térmica ambiental y el calor generado en los procesos metabólicos. El calor actúa sobre el cuerpo humano en forma muy compleja, afectando la fisiología general del organismo.
Es necesario que la temperatura corporal se mantenga estable; pequeños cambios de temperatura producen graves desequilibrios.
Si el organismo no puede eliminar calor, este se acumula y se eleva la temperatura corporal, debiendo, el organismo, adaptarse a las nuevas condiciones. Si la elevación continúa, y no puede resolverse el problema, sobreviene la muerte. La transferencia de calor obliga siempre a la existencia de una diferencia de temperatura. Cuando el aire está más frío que la piel, se pierde calor por convección y radiación, en caso contrario se puede ganar calor.
Si la temperatura del aire es superior a la de la piel, los mecanismos de transferencia por radiación y convección acumulan calor en el cuerpo en lugar de disiparlo, y en esas condiciones, es necesario recurrir a otro mecanismo de pérdida de calor que es la evaporación del sudor o transpiración de la piel.
6) Carácterísticas de las condiciones ambientales.
● La temperatura de los locales con trabajos sedentarios estará comprendida entre 17 y 27º C. La temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros estará comprendida entre 14 y 25º.
● En el período invernal la temperatura del aire de los locales cerrados, donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares, debería mantenerse entre 17 ºC y 24 ºC, dado que se lleva ropa de abrigo. En verano, al usarse ropa ligera, la temperatura del aire debería estar comprendida entre 23 ºC y 27 ºC. B).
● La humedad relativa estará comprendida entre el 30 y el 70%, excepto en los locales donde existan riesgos por electricidad estática en los que el límite inferior será el 50%.
● La renovación mínima del aire de los locales de trabajo, será de 30 metros cúbicos de aire limpio por hora y trabajador, en el caso de trabajos sedentarios en ambientes no calurosos ni contaminados y de 50 metros cúbicos, en los casos restantes
7) Investigar los tres tipos de termómetros
Termómetro del bulbo húmedo: El termómetro de bulbo húmedo es un termómetro de Mercurio que tiene el bulbo envuelto en un paño de algodón empapado de agua, que se emplea para medir la temperatura húmeda del aire.
Termómetro de globo: El termómetro de globo, para medir la temperatura radiante media. Consiste en un termómetro de Mercurio que tiene el bulbo dentro de una esfera de metal hueca, pintada de negro de humo. La esfera absorbe radiación de los objetos del entorno más calientes que el aire y emite radiación hacia los más fríos, dando como resultado una medición que tiene en cuenta la radiación.
Termómetro del bulbo seco: Temperatura de bulbo seco o temperatura seca es la medida con un termómetro convencional de Mercurio o similar cuyo bulbo se encuentra seco. 8) Radiaciones ionizantes: La Secretaría de Estado de Salud Pública de la Nacíón es la autoridad competente de aplicación de la Ley Nº 19.587 en el uso o aplicación de equipos generadores de Rayos X, con facultades para tramitar y expedir licencias y autorizaciones que reglamenten la fabricación, instalación y operación de estos equipos y para otorgar licencias y autorizaciones a las personas bajo cuya responsabilidad se lleven a cabo dichas prácticas u operaciones.
Radiaciones no ionizantes: Radiaciones infrarrojas: En los lugares de trabajo en que exista exposición intensa a radiaciones infrarrojas, se instalarán tan cerca de las fuentes de origen como sea posible, pantallas absorbentes, cortinas de agua u otros dispositivos apropiados para neutralizar o disminuir el riesgo. Los trabajadores expuestos frecuentemente a estas radiaciones serán provistos de protección ocular. Si la exposición es constante, se dotará además a los trabajadores de casco con visera o máscara adecuada y de ropas ligeras y resistentes al calor. Microondas: Las exposiciones laborales máximas a microondas en la gama de frecuencias comprendidas entre 100 M Hz y 100 G Hz es la siguiente:
● Para niveles de densidad media de flujo de energía que no superen 10 mW/cm2, el tiempo total de exposición se limitará a 8h/día (exposición continua). ● Para niveles de densidad media de flujo de energía a partir de 10 mW/cm2, pero sin superar 25 mW/cm2, el tiempo de exposición se limitará a un máximo de 10 minutos en cada período de 60 minutos durante la jornada de 8 horas (exposición intermitente).
8) Carácterísticas y riesgos de las radiaciones ionizantes, no ionizantes y microondas
Radiaciones ionizantes: La Secretaría de Estado de Salud Pública de la Nacíón es la autoridad competente de aplicación de la Ley Nº 19.587 en el uso o aplicación de equipos generadores de Rayos X, con facultades para tramitar y expedir licencias y autorizaciones que reglamenten la fabricación, instalación y operación de estos equipos y para otorgar licencias y autorizaciones a las personas bajo cuya responsabilidad se lleven a cabo dichas prácticas u operaciones.
Radiaciones no ionizantes: Radiaciones infrarrojas: En los lugares de trabajo en que exista exposición intensa a radiaciones infrarrojas, se instalarán tan cerca de las fuentes de origen como sea posible, pantallas absorbentes, cortinas de agua u otros dispositivos apropiados para neutralizar o disminuir el riesgo. Los trabajadores expuestos frecuentemente a estas radiaciones serán provistos de protección ocular. Si la exposición es constante, se dotará además a los trabajadores de casco con visera o máscara adecuada y de ropas ligeras y resistentes al calor. Microondas: Las exposiciones laborales máximas a microondas en la gama de frecuencias comprendidas entre 100 M Hz y 100 G Hz es la siguiente:
● Para niveles de densidad media de flujo de energía que no superen 10 mW/cm2, el tiempo total de exposición se limitará a 8h/día (exposición continua). ● Para niveles de densidad media de flujo de energía a partir de 10 mW/cm2, pero sin superar 25 mW/cm2, el tiempo de exposición se limitará a un máximo de 10 minutos en cada período de 60 minutos durante la jornada de 8 horas (exposición intermitente).
9) Caracterizar la iluminación de los edificios en función del servicio que prestan
10) Explicar los fenómenos de temperatura y color de la luz.
La calidad de la luz emitida depende directamente de la temperatura a la que se encuentre el cuerpo, un cuerpo ligeramente caliente (alrededor de 1600 °C), emite luz roja-naranja, mientras que un cuerpo muy caliente (alrededor de 5000 °C), emite luz muy blanca e incluso puede llegar al blanco azulado a temperaturas extremas (de 8000-9000 °C).
11) Qué información nos brindan los colores en la señalética.
ROJO indica que te detengas o prohibir y también identifica los elementos contra incendios. Se utiliza para indicar los dispositivos de parada de emergencia o dispositivos relacionados con la seguridad cuyo uso está prohibido en circunstancias normales.
AMARILLO Solo o combinado con bandas negras de igual anchura, una inclinación de 45 grados de la horizontal para indicar precaución o advertir sobre riesgos: Partes de máquinas que pueden golpear, cortar, electrocutantes o daños de otro modo.
VERDE El color verde indica la condición segura. Se utiliza en los elementos de seguridad generales excepto fuego, por ejemplo en: * Vías para salas de primeros auxilios. * puertas o salidas de emergencia.
AZUL Denota obligación. Se aplica a las partes de artefactos cuya remoción o accionamiento incluye una obligación de proceder con cautela, por ejemplo: * Tapas de interruptores. * Cajas de comando equipos y máquinas. * El uso de equipo de protección personal, etc.