Protección Radiológica: Principios, Normativas y Aplicaciones

Protección Radiológica

Objetivo Fundamental

El objetivo fundamental de la protección radiológica es la protección de:

  • Individuos
  • Descendientes
  • Humanidad

Principios Básicos

Los 3 principios básicos para conseguir los objetivos son:

  1. No debe adoptarse ninguna práctica con radiaciones que no conlleve un beneficio neto positivo para el individuo o la especie humana como conjunto.
  2. Todas las exposiciones a la radiación deben mantenerse tan bajas como sea razonablemente posible, teniendo en cuenta factores económicos y sociales (ALARA – As Low As Reasonably Achievable).
  3. La dosis a los individuos no debe exceder los límites establecidos para cada circunstancia.

Criterios de la CIPR

La Comisión Internacional de Protección Radiológica (CIPR) propone tres criterios que las actividades con radiaciones ionizantes han de cumplir:

  • Justificación: Análisis coste-beneficio de la actividad a realizar con radiaciones ionizantes. Se considera justificada cuando los beneficios obtenidos con el desarrollo de esa actividad superan los costes.
  • Optimización: Alcanzar el máximo beneficio con la menor cantidad de radiación en cada una de las exposiciones radiológicas. Se recomienda el criterio ALARA como finalidad última.
  • Limitación: De las dosis individuales recibidas en dichas actividades.

Análisis Coste-Beneficio

La expresión matemática que obedece el análisis coste-beneficio de una actividad económica es:

B (beneficio neto) = V (beneficio bruto) – (P (costes de producción) + X (costes de protección radiológica) + Y (costes sociales por detrimento radiológico de la salud)).

La actividad está justificada si:

  • B (beneficio de la actividad) es positivo.
  • B es suficientemente grande como para compensar las incertidumbres.

Detrimento

El detrimento, daño moral o material, es la expresión matemática del daño que se va a producir debido a los efectos biológicos que pueden aparecer después de una exposición a las radiaciones ionizantes. Se determina teniendo en cuenta la gravedad de un efecto y la probabilidad de que este ocurra. Se utiliza principalmente para estimar el daño debido a efectos no deterministas.

Clasificación a Efectos de Reglamento

¿Cuál de las siguientes categorías NO se incluye en la clasificación a efectos de reglamento sobre Protección Sanitaria contra las radiaciones ionizantes?

  • Técnicos en radiodiagnóstico o radioterapia.

Límites Anuales de Dosis para Trabajadores Profesionales Expuestos

  • Existe un límite anual en caso de protección total y homogénea del organismo.
  • Existe un límite anual para el caso de exposición parcial del organismo.

Clasificación de las Personas según el Reglamento

A efectos del Reglamento sobre Protección Sanitaria contra radiaciones ionizantes, las personas se clasifican en:

  • Trabajadores profesionales expuestos (TPE) y estudiantes mayores de 18 años:
    • Categoría A: +6 mSv/año, +3/10 dosis equivalente cristalino, piel, extremidades + 45% límite máximo.
    • Categoría B: -6 mSv/año, -3/10 dosis equivalente cristalino, etc., -45% límite máximo = 100 mSv/5 años, 50 mSv/año, cristalino 150 mSv/año, piel y extremidades 500 mSv/año.
  • Estudiantes de 16-18 años:
    • Límite: 6 mSv/año oficial, cristalino 50 mSv/año, piel 150 mSv/año, manos, antebrazos, piel y tobillo 150 mSv/año.
  • Miembros del público y embarazadas:
    • Usuarios de instituciones sanitarias en tanto no sean objeto de exploraciones o tratamientos radiológicos en calidad de paciente.
    • Los trabajadores profesionales expuestos FUERA de su horario de trabajo habitual.
    • Cualquier otro individuo de la población.
    • La protección del feto será comparada con los miembros del público, en lactancia 0 radiación.
    • 1 mSv/año, 15 mSv/año, piel 50 mSv/año.

Porcentaje de Radiaciones Médicas Recibidas

El porcentaje de radiaciones médicas que recibe un cuerpo a lo largo de toda su vida es del 15%.

Protección Radiológica Operacional

La protección radiológica operacional se refiere a todas las medidas y procedimientos que se establecen desde la fabricación e instalación de un equipo de radiaciones ionizantes hasta la realización de un estudio en un paciente.

Protección Radiológica en el Equipo

En relación al equipo, la protección radiológica se debe incorporar en:

  • Diseño del equipo
  • Proyecto de instalación
  • Clasificación y señalización del lugar donde se encuentre el equipo

Diseño del Equipo

  • Los equipos han de estar sujetos a verificaciones periódicas.
  • Los equipos deben cumplir los criterios de homologación y recomendación de la CIPR.

Proyecto de Instalación

  • Se debe tener en consideración la carga de trabajo.
  • El muro de separación debe tener un espesor de plomo adecuado cuando suponga un riesgo de irradiación al exterior.

Barreras RX

Las barreras RX son cualquier estructura que se interponga en el camino del haz de radiación.

Barreras Primarias

  • Están situadas frente al haz primario de radiación.
  • Son de mayor grosor que las barreras secundarias, especialmente cuando el equipo soporte un elevado Kv.

Barreras Secundarias

  • Están situadas tras las barreras primarias.
  • Son de menor grosor que las barreras primarias.

Protección del Público Próximo a la Sala de RX

  • El público no debe recibir radiación, la dosis en el exterior de la sala debe estar optimizada.
  • La instalación tiene que pasar todas las verificaciones de dosis y requisitos legales antes de entrar en funcionamiento.

Clasificación y Señalización de Zonas de Trabajo

Según el riesgo de recibir una determinada dosis, las zonas de trabajo se clasifican y se señalizan en:

  • Zona de libre acceso:
    • Es improbable recibir dosis efectivas superiores a 1 mSv/año.
    • No son necesarias medidas especiales de protección radiológica.
  • Zona vigilada y controlada:
    • El acceso está limitado a personas autorizadas.
  • Zona vigilada (azul o gris):
    • Es posible recibir dosis efectiva > 1 mSv/año oficial, menos 3/10 dosis equivalente para cristalino, piel y extremidades de los TPE.
    • No es probable recibir dosis superiores a 6 mSv/año.
    • No son necesarios dosímetros individuales, pero sí dosímetros de área.
  • Zona controlada (verde):
    • Dosis efectivas superiores a 6 mSv/año y 3/10 dosis equivalentes para cristalino, etc. de los TPE.
    • Es obligatorio el uso de dosímetros individuales.

La zona controlada se divide en tres zonas según el riesgo de radiación:

  1. Permanencia limitada (amarilla): El trabajo habitual supone riesgo de recibir dosis superiores a los límites anuales de dosis establecidos para el personal profesionalmente expuesto.
  2. Permanencia reglamentada (naranja): Existe el riesgo, en exposiciones durante cortos periodos de tiempo, de recibir una dosis superior a los límites anuales de dosis establecidos para el personal profesionalmente expuesto.
  3. Acceso prohibido (rojo): Una exposición única supone recibir dosis superiores a los límites anuales fijados para los trabajadores profesionalmente expuestos.

Señalización de Zonas

  • Trébol con puntas radiadas: Riesgo de exposición externa.
  • Trébol con campo blanco punteado: Riesgo de contaminación.
  • Trébol con puntas radiadas + puntos: Exposición externa y riesgo de contaminación.

Parámetros y Actuaciones a Tener en Cuenta en la Fase de Operación

  • Correcto centrado del haz de radiación.
  • Correcta alineación tubo-rejilla.
  • Pantallas de refuerzo adecuadas.
  • Kv adecuado.
  • Haz de radiación con características adecuadas según el espesor y estructura del órgano a atravesar.
  • Protección de órganos no necesarios para el estudio.

Dosis Recibidas

  • Las dosis recibidas por los trabajadores deben ser controladas con una periodicidad no superior a un mes.
  • El control de dosis debe ser efectuado por entidades o instituciones autorizadas y supervisadas por el CSN.

Para TPE Categoría A:

  • Es obligatoria la utilización de dosímetros individuales.
  • En caso de riesgo de exposición parcial no homogénea del organismo, se deben utilizar dosímetros adecuados en las partes potencialmente más afectadas.

Para TPE Categoría B:

  • No es obligatorio el uso de dosímetro individual siempre que se disponga de dosimetría de área en el lugar de trabajo para la dosimetría externa.

Historial Dosimétrico

  • Los TPE que lo sean en más de una actividad o instalación están obligados a dar cuenta expresa de ello al responsable de cada uno de los centros en que trabajen.

Categoría A:

  • Se registrarán, como mínimo, las dosis mensuales y las dosis acumuladas durante cada periodo de doce meses.

Categoría B:

  • Se registrarán las dosis anuales determinadas o estimadas.

Control y Vigilancia Médica del Personal

  • Es obligatorio realizar un examen médico previo de salud al inicio de actividades con radiaciones ionizantes. Este examen debe ser realizado por un servicio médico autorizado.
  • Se realizarán exámenes médicos periódicos anualmente, pudiendo ser más frecuentes según condiciones específicas.

Objetivos de la Vigilancia Médica Periódica de los TPE

  • Evaluar la salud de los trabajadores.
  • Contribuir a garantizar la compatibilidad inicial y duradera entre la salud del trabajador y el trabajo.
  • Obtener una base de información útil en caso de exposición accidental o enfermedad profesional.

Historiales Médicos

  • Los historiales médicos deben mantenerse al menos durante 30 años después del cese del trabajador.
  • Los historiales deben estar a disposición del CSN y del propio interesado.

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