Acceso
- El símbolo y signo internacional de peligro biológico (figura 1) deberá colocarse en las puertas de los locales donde se manipulen microorganismos del grupo de riesgo 2 o superior.
- Sólo podrá entrar en las zonas de trabajo del laboratorio el personal autorizado.
- Las puertas del laboratorio se mantendrán cerradas.
- No se autorizará ni permitirá la entrada de niños en las zonas de trabajo del laboratorio.
- El acceso a los locales que alberguen animales habrá de autorizarse especialmente. Seguir leyendo “Normas de Seguridad en Laboratorios de Nivel de Bioseguridad 1 y 2” »